Ayuntamiento de Córdoba Plazo: veinte días naturales contados a partir de la publicación en el BOP Miércoles, 24 de Julio de 2019
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas, entidades y colectivos ciudadanos y entes sin personalidad propia citados en el artículo 11 de la Ley General de Subvenciones que tengan su domicilio o sede en Córdoba.
Cuantía: en ningún caso pueda ser superior a 10.000 euros, ni al 50% del presupuesto del proyecto.